
El Boletín Oficial del Estado del 25 de junio publicó una resolución de la Dirección General de Ayuda Humanitaria y del Sistema de Acogida de Asilo que establece la planificación estructural de los servicios a prestar entre julio de 2026 y junio de 2027. El documento incluye como servicios elegibles la vivienda, el apoyo psicosocial, la enseñanza de idiomas y la orientación laboral, que se prestarán mediante acuerdos de acción concertada con ONG, cofinanciados por los fondos FAMI y ESF+ de la UE. A diferencia de los contratos de emergencia puntuales, el plan cuantifica la capacidad objetivo por provincia e introduce indicadores de desempeño —como los días promedio en centros de acogida y las tasas de inserción laboral— que se reportarán trimestralmente. Este enfoque basado en datos alinea a España con los estándares de rendición de cuentas de la UE, de cara a la entrada en vigor en 2027 del nuevo Pacto sobre Migración y Asilo del bloque. Para las comunidades autónomas que albergan centros de acogida, la resolución ofrece visibilidad presupuestaria y establece un plazo de 60 días para presentar propuestas de cofinanciación. Las ONG ganan certidumbre para firmar contratos de arrendamiento a largo plazo y contratar personal indefinido, mejorando la continuidad del servicio. Las empresas que promuevan vías de empleo para refugiados —especialmente en agricultura y hostelería— se beneficiarán de canales de derivación simplificados una vez que los beneficiarios avancen a la fase de ‘autonomía’ del plan. Los responsables de recursos humanos deberían coordinarse con ONG acreditadas para aprovechar las subvenciones a la formación profesional incluidas en el nuevo marco. Los asesores legales señalan que el modelo de acción concertada exime estos acuerdos de las normas habituales de contratación pública, aunque las entidades deben superar auditorías de cumplimiento en materia de gobernanza, igualdad y protección de datos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado
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