
El Tribunal Administrativo Regional (TAR) de Toscana ha dictaminado que los extranjeros que solicitan la ciudadanía italiana por naturalización deben presentar prueba de residencia registrada en el municipio, y no solo contratos de trabajo o facturas de servicios. La decisión del 15 de enero de 2026 rechazó el recurso de un solicitante que aportó documentos de nómina pero no se había inscrito en el anagrafe.
Contexto legal. Según la Ley 91/1992, se requieren diez años de residencia legal para la mayoría de los extranjeros no comunitarios. En la práctica, algunos solicitantes argumentaban que el empleo continuo y las contribuciones fiscales acreditaban la residencia. El tribunal estableció que solo cuenta la inscripción en el registro municipal de población para computar el período legal, en línea con las circulares del Ministerio del Interior emitidas en 2024.
Impacto para profesionales de movilidad. Las empresas que patrocinan a empleados extranjeros a largo plazo para la eventual obtención de la ciudadanía deben incluir la inscripción en el anagrafe en sus listas de verificación de incorporación. No hacerlo podría retrasar la naturalización y, por ende, los beneficios de la doble ciudadanía que facilitan los desplazamientos dentro de la UE. Las políticas de movilidad podrían necesitar cubrir tasas administrativas y servicios de intérprete para las visitas al registro.
Recomendaciones para solicitantes. • Inscribirse en el municipio local dentro de los 90 días posteriores a la llegada, aunque ya se tenga permiso de residencia y contrato de alquiler. • Conservar copias oficiales del ‘certificato di residenza’ durante todo el período requerido. • Ausencias en el extranjero superiores a seis meses pueden interrumpir el cómputo del tiempo.
Perspectivas de apelación. La sentencia sigue decisiones similares en Lombardía y Lacio; expertos señalan que el Consejo de Estado probablemente no la revocará, lo que indica una interpretación nacional más estricta y uniforme de ahora en adelante.
Contexto legal. Según la Ley 91/1992, se requieren diez años de residencia legal para la mayoría de los extranjeros no comunitarios. En la práctica, algunos solicitantes argumentaban que el empleo continuo y las contribuciones fiscales acreditaban la residencia. El tribunal estableció que solo cuenta la inscripción en el registro municipal de población para computar el período legal, en línea con las circulares del Ministerio del Interior emitidas en 2024.
Impacto para profesionales de movilidad. Las empresas que patrocinan a empleados extranjeros a largo plazo para la eventual obtención de la ciudadanía deben incluir la inscripción en el anagrafe en sus listas de verificación de incorporación. No hacerlo podría retrasar la naturalización y, por ende, los beneficios de la doble ciudadanía que facilitan los desplazamientos dentro de la UE. Las políticas de movilidad podrían necesitar cubrir tasas administrativas y servicios de intérprete para las visitas al registro.
Recomendaciones para solicitantes. • Inscribirse en el municipio local dentro de los 90 días posteriores a la llegada, aunque ya se tenga permiso de residencia y contrato de alquiler. • Conservar copias oficiales del ‘certificato di residenza’ durante todo el período requerido. • Ausencias en el extranjero superiores a seis meses pueden interrumpir el cómputo del tiempo.
Perspectivas de apelación. La sentencia sigue decisiones similares en Lombardía y Lacio; expertos señalan que el Consejo de Estado probablemente no la revocará, lo que indica una interpretación nacional más estricta y uniforme de ahora en adelante.
Fuente: Il Giornale dei Comuni