
Cerrando una serie intensa de publicaciones en el Diario Oficial, el Decreto No. 12.865, también fechado el 3 de marzo de 2026, ratifica el primer tratado para evitar la doble imposición entre Brasil y Polonia. El acuerdo está basado en el último estándar de la OCDE y, de gran relevancia para los especialistas en movilidad, exime los ingresos derivados de fondos de pensiones y considera las ganancias por opciones sobre acciones como gravables únicamente en el país de residencia del empleado si la opción se ejerce después de su salida. Para los proveedores brasileños del sector automotriz que operan en la zona económica especial de Katowice, el tratado reduce la retención polaca sobre regalías al 10 % y sobre intereses al 8 %, desde el 20 % legal. Los paquetes de asignación que incluyen vivienda proporcionada por el empleador clasificarán este beneficio como ingresos por servicios personales dependientes en lugar de ingresos por bienes inmuebles, eliminando un costo fiscal ambiguo de igualación. El acuerdo también incorpora una cláusula antiabuso basada en la “prueba del propósito principal”. Por ello, los equipos fiscales de RR.HH. deben documentar una justificación económica legítima para las asignaciones, como la transferencia de conocimiento, para evitar que una optimización agresiva sea reclasificada. Deloitte Varsovia advierte que la autoridad fiscal polaca ya ha creado una unidad de monitoreo de tratados que examinará las declaraciones de expatriados brasileños. La entrada en vigor ocurrirá tras el intercambio de notas de ratificación entre ambos países; se espera que el Sejm polaco vote antes de junio, fijando una fecha efectiva realista para el 1 de enero de 2027.
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