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El DHS pondrá fin al Estatus de Protección Temporal para siete nacionalidades tras la aprobación de la autoridad por parte de la Corte Suprema

jul. 3, 2026
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El DHS pondrá fin al Estatus de Protección Temporal para siete nacionalidades tras la aprobación de la autoridad por parte de la Corte Suprema
El Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (DHS) ha enviado avisos formales a agencias federales y estatales informando que pondrá fin al Estatus de Protección Temporal (TPS) para nacionales de Haití, Siria, Somalia, Yemen, Etiopía, Birmania (Myanmar) y Sudán del Sur a partir del 10 de julio de 2026, o poco después de esa fecha. Esta medida sigue a la decisión de la Corte Suprema la semana pasada en el caso Mullin contra Doe, que estableció que los tribunales no pueden revisar las determinaciones discrecionales del Secretario de Seguridad Nacional sobre las designaciones de TPS.

El TPS fue creado por el Congreso en 1990 para permitir que extranjeros ya presentes en Estados Unidos permanezcan y trabajen legalmente cuando regresar a su país de origen sea inseguro debido a conflictos armados, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias. Muchas designaciones se han renovado varias veces, permitiendo a los beneficiarios vivir y trabajar en EE. UU. durante décadas. La administración actual sostiene que varias designaciones han cumplido su propósito original y que la amplia autoridad ejecutiva permite su terminación cuando las condiciones mejoran.

El DHS pondrá fin al Estatus de Protección Temporal para siete nacionalidades tras la aprobación de la autoridad por parte de la Corte Suprema


Según los avisos del DHS, los documentos actuales de autorización de empleo y los registros I-94 para los beneficiarios afectados serán válidos solo hasta el 10 de julio. Después de esa fecha, los usuarios del sistema SAVE (Verificación Sistemática de Extranjeros para Beneficios), incluyendo departamentos estatales de vehículos motorizados y agencias que otorgan beneficios, deberán considerar la documentación de TPS para estas siete nacionalidades como vencida, salvo que haya una acción judicial adicional.

Por ello, los empleadores deben prepararse para las obligaciones de re-verificación bajo las reglas del Formulario I-9 y evaluar cómo la pérdida de autorización de trabajo podría afectar su plantilla. Desde la perspectiva de movilidad corporativa, esta medida plantea preguntas urgentes para las empresas estadounidenses que emplean a trabajadores con TPS o que los patrocinan para otros beneficios migratorios. Los equipos de recursos humanos deben realizar auditorías inmediatas para identificar a los empleados afectados, consultar con asesores legales sobre opciones de visa alternativas (como H-1B, L-1 o autorización de trabajo basada en asilo) y desarrollar planes de contingencia.

Los viajeros de negocios provenientes de estos siete países que actualmente dependen del TPS deberían evitar viajes internacionales que puedan generar inadmisibilidad una vez que termine la protección. Finalmente, los asignados en proyectos a largo plazo podrían necesitar transiciones rápidas de estatus para evitar interrupciones en su elegibilidad laboral.
Fuente: Right Side Broadcasting Network

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