
La Dirección General de Migración y Asuntos Internos de la Comisión Europea emitió un comunicado el 27 de julio de 2026 recordando a los viajeros que el Sistema de Entrada/Salida de Schengen (EES), operativo desde el 10 de abril, no se aplica a ciudadanos de la UE ni a nacionales de la Asociación Europea de Libre Comercio, incluyendo Suiza. Bajo el EES, los visitantes de terceros países deben proporcionar huellas dactilares e imágenes faciales en quioscos automatizados al entrar en la zona Schengen, reemplazando los sellos manuales en el pasaporte. Sin embargo, los ciudadanos suizos seguirán recibiendo el mismo trato que los titulares de pasaportes de la UE: presentación de un documento de identidad o pasaporte válido y, cuando corresponda, visa de larga duración o permiso de residencia. La exención también se extiende a los trabajadores transfronterizos suizos que utilizan permisos G para trabajar en países vecinos. Para las empresas suizas que envían regularmente técnicos o ejecutivos a clientes en la UE, esta confirmación elimina la incertidumbre sobre posibles filas más largas o la necesidad de preregistrar datos biométricos. Las agencias de gestión de viajes indican que esta aclaración les permite actualizar evaluaciones de riesgo y mantener perfiles “fast-track” centrados en empleados realmente procedentes de terceros países. No obstante, la Comisión advierte que la policía fronteriza puede realizar controles aleatorios y que las compañías aéreas deben verificar la validez de los documentos de viaje antes del embarque. Por ello, se recomienda a los empleadores seguir informando a su personal sobre la necesidad de portar pruebas de residencia o autorización de trabajo cuando sea aplicable, especialmente a los ciudadanos con doble nacionalidad que viajen con pasaporte no suizo. De cara al futuro, Bruselas planea vincular el EES con el próximo sistema de autorización de viaje ETIAS a principios de 2027. Aunque los suizos seguirán exentos, los familiares acompañantes de terceros países deberán contar tanto con una autorización ETIAS aprobada como con un registro biométrico en el EES, un detalle operativo que los equipos de movilidad corporativa ya deberían estar incorporando en los presupuestos de reubicación familiar.
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