
La Oficina de Inmigración de Bélgica (IBZ) confirmó el 27 de julio de 2026 que una esperada reforma de las normas de 1981 que regulan a los trabajadores transfronterizos entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial belga, a principios de agosto. El cambio afecta a decenas de miles de empleados que viven en países vecinos pero que viajan diariamente o semanalmente a trabajar en Bélgica, especialmente en Bruselas y las provincias fronterizas.
Bajo el régimen actual, los trabajadores transfronterizos de Alemania, Francia, Luxemburgo y Países Bajos pueden entrar a Bélgica con un documento *Anexo 15* emitido por los ayuntamientos locales. IBZ señala que estos permisos en papel “ya no reflejan la realidad” de la movilidad laboral moderna, donde el teletrabajo, los horarios híbridos y múltiples lugares de trabajo difuminan la definición tradicional de trabajador fronterizo.
El nuevo marco introduce criterios de residencia más claros, una verificación más estricta del estatus genuino de trabajador transfronterizo y se alinea con la jurisprudencia europea sobre la libre circulación. Una medida clave de transición es un período de gracia de 12 meses: los titulares de un Anexo 15 válido de los cuatro países vecinos de la UE tendrán hasta agosto de 2027 para cambiar al nuevo estatus o, cuando corresponda, solicitar un Permiso Único si pasan más de la mitad de su tiempo laboral en Bélgica.
Por su parte, los residentes británicos pierden el acceso al Anexo 15; IBZ “aconseja encarecidamente” que soliciten cuanto antes un visado de larga duración *D* en la Embajada de Bélgica en Londres, recordando que las disposiciones transitorias del Brexit están llegando a su fin.
Para los empleadores, la reforma supone tanto oportunidades como retos de cumplimiento. Los departamentos de recursos humanos deberán auditar las nóminas, adaptar el control horario para demostrar los lugares físicos de trabajo y prever posibles cambios en la seguridad social si los trabajadores superan los umbrales de desplazamiento de la UE. Multinacionales con sede en Bruselas reportan que hasta un 15 % de su plantilla vive al otro lado de la frontera, por lo que los próximos 12 meses serán cruciales para regularizar la documentación. No actuar podría exponer a las empresas a multas desde 2.400 € por trabajador, según el Código Penal Social belga.
En la práctica, los empleados deben verificar sus patrones de desplazamiento, conservar pruebas como recibos de combustible o billetes de tren y reservar cita en los ayuntamientos con antelación, ya que en ciudades como Lieja y Arlon ya se observa un aumento de consultas. Se recomienda a los empleadores actualizar los manuales de inmigración e informar al personal mediante webinars específicos antes de la entrada en vigor en agosto.
IBZ ha prometido una sección de preguntas frecuentes en línea y un servicio de atención por correo electrónico, aunque los expertos esperan aclaraciones adicionales en las circulares de aplicación que seguirán a la publicación en el Diario Oficial.
Bajo el régimen actual, los trabajadores transfronterizos de Alemania, Francia, Luxemburgo y Países Bajos pueden entrar a Bélgica con un documento *Anexo 15* emitido por los ayuntamientos locales. IBZ señala que estos permisos en papel “ya no reflejan la realidad” de la movilidad laboral moderna, donde el teletrabajo, los horarios híbridos y múltiples lugares de trabajo difuminan la definición tradicional de trabajador fronterizo.
El nuevo marco introduce criterios de residencia más claros, una verificación más estricta del estatus genuino de trabajador transfronterizo y se alinea con la jurisprudencia europea sobre la libre circulación. Una medida clave de transición es un período de gracia de 12 meses: los titulares de un Anexo 15 válido de los cuatro países vecinos de la UE tendrán hasta agosto de 2027 para cambiar al nuevo estatus o, cuando corresponda, solicitar un Permiso Único si pasan más de la mitad de su tiempo laboral en Bélgica.
Por su parte, los residentes británicos pierden el acceso al Anexo 15; IBZ “aconseja encarecidamente” que soliciten cuanto antes un visado de larga duración *D* en la Embajada de Bélgica en Londres, recordando que las disposiciones transitorias del Brexit están llegando a su fin.
Para los empleadores, la reforma supone tanto oportunidades como retos de cumplimiento. Los departamentos de recursos humanos deberán auditar las nóminas, adaptar el control horario para demostrar los lugares físicos de trabajo y prever posibles cambios en la seguridad social si los trabajadores superan los umbrales de desplazamiento de la UE. Multinacionales con sede en Bruselas reportan que hasta un 15 % de su plantilla vive al otro lado de la frontera, por lo que los próximos 12 meses serán cruciales para regularizar la documentación. No actuar podría exponer a las empresas a multas desde 2.400 € por trabajador, según el Código Penal Social belga.
En la práctica, los empleados deben verificar sus patrones de desplazamiento, conservar pruebas como recibos de combustible o billetes de tren y reservar cita en los ayuntamientos con antelación, ya que en ciudades como Lieja y Arlon ya se observa un aumento de consultas. Se recomienda a los empleadores actualizar los manuales de inmigración e informar al personal mediante webinars específicos antes de la entrada en vigor en agosto.
IBZ ha prometido una sección de preguntas frecuentes en línea y un servicio de atención por correo electrónico, aunque los expertos esperan aclaraciones adicionales en las circulares de aplicación que seguirán a la publicación en el Diario Oficial.
Fuente: Immigration Office (IBZ)
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