
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) ha publicado una regla final de 77 páginas en el Registro Federal que moderniza el 8 CFR 264, las normativas que regulan el registro de extranjeros. Con efecto inmediato, la norma designa el Formulario I-770 como el formulario universal de registro para personas que de otro modo estarían indocumentadas, aclara qué documentos pueden servir como prueba de registro y endurece los criterios para la exención de huellas dactilares en ciertos no inmigrantes.
La mayoría de los no inmigrantes ya cumplen con los requisitos de registro a través del proceso de visa, pero los cambios afectarán a los beneficiarios de libertad condicional humanitaria, residentes indocumentados de largo plazo y a los “snowbirds” canadienses que históricamente evitaban la toma de huellas. Los empleadores que patrocinan a estas poblaciones —especialmente quienes contratan a beneficiarios de libertad condicional bajo iniciativas privadas de refugiados— deben asegurarse ahora de que los empleados obtengan la nueva evidencia prescrita o arriesgarse a incumplimientos en el formulario I-9.
La norma también codifica la autoridad del DHS para emitir pruebas temporales de registro antes de que se resuelva un beneficio, un cambio pequeño pero bienvenido que debería reducir problemas con licencias de conducir y nóminas para solicitantes de ajuste de estatus. Los interesados tienen 60 días para comentar sobre posibles ajustes futuros, lo que indica la disposición del USCIS a seguir simplificando el proceso.
Para los gestores de movilidad global, el mensaje es claro: el registro, la verificación de identidad y la autorización de trabajo están convergiendo. Los sistemas de recursos humanos deben registrar los nuevos números de documento y sus periodos de validez, mientras que los equipos de reubicación deben preparar a los asignados afectados con suficiente antelación antes de sus visitas a los departamentos de vehículos motorizados estatales (DMV).
La mayoría de los no inmigrantes ya cumplen con los requisitos de registro a través del proceso de visa, pero los cambios afectarán a los beneficiarios de libertad condicional humanitaria, residentes indocumentados de largo plazo y a los “snowbirds” canadienses que históricamente evitaban la toma de huellas. Los empleadores que patrocinan a estas poblaciones —especialmente quienes contratan a beneficiarios de libertad condicional bajo iniciativas privadas de refugiados— deben asegurarse ahora de que los empleados obtengan la nueva evidencia prescrita o arriesgarse a incumplimientos en el formulario I-9.
La norma también codifica la autoridad del DHS para emitir pruebas temporales de registro antes de que se resuelva un beneficio, un cambio pequeño pero bienvenido que debería reducir problemas con licencias de conducir y nóminas para solicitantes de ajuste de estatus. Los interesados tienen 60 días para comentar sobre posibles ajustes futuros, lo que indica la disposición del USCIS a seguir simplificando el proceso.
Para los gestores de movilidad global, el mensaje es claro: el registro, la verificación de identidad y la autorización de trabajo están convergiendo. Los sistemas de recursos humanos deben registrar los nuevos números de documento y sus periodos de validez, mientras que los equipos de reubicación deben preparar a los asignados afectados con suficiente antelación antes de sus visitas a los departamentos de vehículos motorizados estatales (DMV).
Fuente: Federal Register / Justia
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