
Visados e Inmigración del Reino Unido ha publicado la versión 33 de su guía para agentes de casos del Esquema de Asentamiento de la UE (EUSS), un documento de 440 páginas que regula los derechos post-Brexit de ciudadanos de la UE, EEE y Suiza en Reino Unido. La actualización, publicada el 15 de octubre, incorpora los últimos cambios en las Normas de Inmigración (HC 584) vigentes desde el 8 de octubre y aclara cómo interactúan el estatus migratorio digital, los eVisados y la nueva Autorización Electrónica de Viaje del Reino Unido (ETA) con el estatus EUSS.
Lo más relevante para los equipos de movilidad es que el Ministerio del Interior confirma que los titulares de Certificados de Solicitud (CoA) que no requieren visado—personas que han solicitado el EUSS pero aún esperan una decisión—generalmente *no* son elegibles para una ETA al viajar a Reino Unido. Por tanto, las compañías aéreas deben seguir aceptando los CoA como prueba válida para embarcar, y los viajeros afectados deberán presentar su CoA digital o en papel en los eGates o ante un oficial de la Fuerza Fronteriza al llegar.
La guía también endurece las instrucciones sobre la documentación necesaria para “miembros de familia que se unen” y señala que la asistencia discrecional de los agentes para subsanar faltas documentales seguirá siendo un principio clave, pero con plazos más estrictos. Las empresas que trasladen personal de la UE a Reino Unido deben revisar las nuevas secciones sobre interrupciones en la residencia continua y el tratamiento de ausencias prolongadas durante asignaciones en el extranjero, ya que ahora pueden provocar la reducción del estatus con mayor rapidez.
Para los profesionales de movilidad global, el mensaje es claro: aunque Reino Unido avanza hacia fronteras completamente digitales, los beneficiarios del EUSS quedan fuera del sistema ETA por ahora. Las plataformas de reserva de viajes y los portales de RRHH deberán recordar a los viajeros EUSS que lleven sus pruebas digitales y posiblemente desactivar los recordatorios automáticos de ETA para evitar confusiones.
Lo más relevante para los equipos de movilidad es que el Ministerio del Interior confirma que los titulares de Certificados de Solicitud (CoA) que no requieren visado—personas que han solicitado el EUSS pero aún esperan una decisión—generalmente *no* son elegibles para una ETA al viajar a Reino Unido. Por tanto, las compañías aéreas deben seguir aceptando los CoA como prueba válida para embarcar, y los viajeros afectados deberán presentar su CoA digital o en papel en los eGates o ante un oficial de la Fuerza Fronteriza al llegar.
La guía también endurece las instrucciones sobre la documentación necesaria para “miembros de familia que se unen” y señala que la asistencia discrecional de los agentes para subsanar faltas documentales seguirá siendo un principio clave, pero con plazos más estrictos. Las empresas que trasladen personal de la UE a Reino Unido deben revisar las nuevas secciones sobre interrupciones en la residencia continua y el tratamiento de ausencias prolongadas durante asignaciones en el extranjero, ya que ahora pueden provocar la reducción del estatus con mayor rapidez.
Para los profesionales de movilidad global, el mensaje es claro: aunque Reino Unido avanza hacia fronteras completamente digitales, los beneficiarios del EUSS quedan fuera del sistema ETA por ahora. Las plataformas de reserva de viajes y los portales de RRHH deberán recordar a los viajeros EUSS que lleven sus pruebas digitales y posiblemente desactivar los recordatorios automáticos de ETA para evitar confusiones.
Fuente: GOV.UK – Home Office guidance