
El domingo 18 de octubre, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó una norma final provisional que amplía discretamente el 8 CFR 101.3 para permitir que ciertos niños nacidos en Estados Unidos de “empleados de gobiernos extranjeros”, no solo diplomáticos acreditados, puedan registrarse como residentes permanentes legales. Este cambio implementa la Orden Ejecutiva 14418 del presidente Trump y tiene efecto retroactivo desde el 4 de septiembre.
Bajo la regulación anterior, solo los hijos nacidos bajo inmunidad diplomática plena (que no eran ciudadanos estadounidenses al nacer) podían presentar el Formulario I-485 para obtener la tarjeta verde. La nueva norma reemplaza el término “funcionario diplomático extranjero” por el más amplio “empleado de gobierno extranjero”, abarcando al personal de embajadas, trabajadores consulares, empleados de organizaciones internacionales y ciertos delegados oficiales. Quedan excluidos sirvientes domésticos, contratistas privados y trabajadores de empresas estatales.
Esta política afecta a una población pequeña pero significativa —aproximadamente 400 nacimientos anuales, según estimaciones del DHS— y cierra una brecha largamente criticada que obligaba a estos niños a navegar el sistema de visas como cualquier otro extranjero, a pesar de residir en EE.UU. de por vida. Los empleadores que patrocinan misiones diplomáticas, bancos internacionales y afiliados a la ONU deberían revisar sus listas de incorporación: los trabajadores afectados podrían solicitar el ajuste de estatus para hijos ahora adultos que antes no tenían una vía clara.
En la práctica, los departamentos de Recursos Humanos y de movilidad global deben señalar esta nueva elegibilidad al asesorar a empleados sobre inmigración familiar, asegurarse de que los sistemas de nómina puedan manejar posibles implicaciones fiscales de la tarjeta verde y monitorear actualizaciones en el Registro Federal en caso de que litigios (como la suspensión pendiente de Casa Inc.) limiten el alcance de la norma.
Bajo la regulación anterior, solo los hijos nacidos bajo inmunidad diplomática plena (que no eran ciudadanos estadounidenses al nacer) podían presentar el Formulario I-485 para obtener la tarjeta verde. La nueva norma reemplaza el término “funcionario diplomático extranjero” por el más amplio “empleado de gobierno extranjero”, abarcando al personal de embajadas, trabajadores consulares, empleados de organizaciones internacionales y ciertos delegados oficiales. Quedan excluidos sirvientes domésticos, contratistas privados y trabajadores de empresas estatales.
Esta política afecta a una población pequeña pero significativa —aproximadamente 400 nacimientos anuales, según estimaciones del DHS— y cierra una brecha largamente criticada que obligaba a estos niños a navegar el sistema de visas como cualquier otro extranjero, a pesar de residir en EE.UU. de por vida. Los empleadores que patrocinan misiones diplomáticas, bancos internacionales y afiliados a la ONU deberían revisar sus listas de incorporación: los trabajadores afectados podrían solicitar el ajuste de estatus para hijos ahora adultos que antes no tenían una vía clara.
En la práctica, los departamentos de Recursos Humanos y de movilidad global deben señalar esta nueva elegibilidad al asesorar a empleados sobre inmigración familiar, asegurarse de que los sistemas de nómina puedan manejar posibles implicaciones fiscales de la tarjeta verde y monitorear actualizaciones en el Registro Federal en caso de que litigios (como la suspensión pendiente de Casa Inc.) limiten el alcance de la norma.
Fuente: MyGCVisa Blog
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